PROCEDIMIENTO PARA LA SOLICITUD DE INFORMACIÓN PÚBLICA CONTEMPLADO EN LA LEY 1/2014, DE 24 DE JUNIO, DE TRANSPARENCIA PÚBLICA DE ANDALUCÍA
Es información pública todos los contenidos o documentos, cualquiera que sea su formato o soporte, que obren en poder de la administración y del resto de los sujetos obligados por las leyes de transparencia y que hayan sido elaborados o adquiridos en el ejercicio de sus funciones.
Todas las personas tienen derecho a acceder a la información pública, sin obligación de motivar la solicitud ni dar razones de su interés.
Todo ejercicio de un derecho encuentra sus límites cuando puede causar algún perjuicio a otros derechos que merecen también protección. Los límites del derecho de acceso vienen establecidos en la legislación básica estatal.
Puede encontrarlos en los artículos 14 y 15 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre.
No se aplican de forma automática, sino que lo serán de forma justificada y proporcionada a su objeto y finalidad a proteger, y atenderá a las circunstancias del caso concreto, especialmente si existe un interés público o privado superior que justifique el acceso.
Puede presentar una solicitud de acceso a la información de forma telemática a través de esta página web o puede descargarse el formulario de solicitud, cumplimentarlo y presentarlo en cualquier oficina de registro.
Puede que la información que desea ya sea pública o que haya sido solicitada con anterioridad por otra persona y su respuesta haya sido publicada. Le recomendamos que consulte la sección de Publicidad Activa antes de presentar su solicitud.
A través de esta página puede solicitar información a todos los órganos administrativos y entidades de la Junta de Andalucía.
Es gratuita la consulta de la información solicitada en el sitio donde se encuentre así como su entrega por medios electrónicos. La expedición de copias y la trasposición a un formato diferente al original podrán dar lugar a la exigencia de la tasa o precio público correspondiente.
Su solicitud será contestada por la persona titular del órgano o entidad que sea competente por razón de la materia de la información solicitada.
El plazo para resolver y notificar es de 20 días hábiles desde la recepción de la solicitud por el órgano o entidad competente. Este plazo podrá prorrogarse por igual periodo cuando sea necesario por el volumen o la complejidad de la información solicitada.
Transcurrido el plazo anterior sin que haya habido respuesta puede entender que su solicitud ha sido desestimada.
Si no ha recibido respuesta a su petición o ésta no le satisface podrá presentar una reclamación, en el plazo de un mes, ante el Consejo de la Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, órgano independiente de control en materia de transparencia.
También puede, si lo desea, presentar directamente un recurso ante el órgano competente de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Las Consejerías recibirán las solicitudes correspondientes a sus entidades adscritas. Puede consultar el listado en este enlace.
CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA, INTERIOR, DIÁLOGO SOCIAL Y SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y FONDOS EUROPEOS
CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO Y FORMACIÓN PROFESIONAL
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO
CONSEJERÍA DE SALUD Y CONSUMO
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA Y DESARROLLO RURAL
CONSEJERÍA DE UNIVERSIDAD, INVESTIGACIÓN E INNOVACIÓN
CONSEJERÍA DE TURISMO, CULTURA Y DEPORTE
CONSEJERÍA DE FOMENTO, ARTICULACIÓN DEL TERRITORIO Y VIVIENDA
CONSEJERÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL, JUVENTUD, FAMILIAS E IGUALDAD
CONSEJERÍA DE SOSTENIBILIDAD, MEDIO AMBIENTE Y ECONOMÍA AZUL
CONSEJERÍA DE POLÍTICA INDUSTRIAL Y ENERGÍA
CONSEJERÍA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN LOCAL Y FUNCIÓN PÚBLICA
SERVICIO ANDALUZ DE SALUD
AGENCIA DE SERVICIOS SOCIALES Y DEPENDENCIA DE ANDALUCÍA
SERVICIO ANDALUZ DE EMPLEO
AGENCIA DE INNOVACIÓN Y DESARROLLO DE ANDALUCÍA
AGENCIA DE MEDIO AMBIENTE Y AGUA DE ANDALUCÍA